Exige Estado a minera Buenavista del Cobre corregir irregularidades
El Gobierno del Estado, a través de la Procuraduría Ambiental notificó este martes a la empresa minera Buenavista del Cobre de tres irregularidades encontradas en la operación de sus instalaciones y exigió corregirlas en un plazo no mayor de 30 días como marca la ley, informó Arturo Peinado Barragán.
El Procurador Ambiental del Estado de Sonora reveló que al menos tres irregularidades fueron detectadas mediante una visita de inspección, en respuesta a la demanda interpuesta por el Presidente Municipal de Cananea, Francisco Javier Tarazón, derivada de diversas quejas de ciudadanos por constantes olores fétidos y problemas de salud derivados de polvo proveniente de la mina.
Durante el operativo se detectaron fallas en el cumplimiento de la normatividad ambiental, como lo son la disposición de residuos de manejo especial sin protección para contaminar el suelo, es decir, una especie de “basurón”, y la falta de registro ante la Comisión de Ecología y Desarrollo Sustentable del Estado (CEDES) como generador de residuos de manejo especial.
Además, se detectó que la empresa contrata empresas no autorizadas para el manejo y disposición final de residuos.
Peinado Barragán agregó que, también a solicitud del Presidente Municipal de Cananea, se realizaron visitas a los ciudadanos del municipio para analizar problemáticas relacionadas a alergias en la piel y problemas respiratorios, en el caso de las personas, así como daño a arboles y propiedades ocasionados por residuos ácidos provenientes de la planta de molibdeno.
Irregularidades encontradas por la Procuraduría Ambiental del Estado de Sonora
• Disposición de residuos de manejo especial consistentes en chatarra, pedacería de ductos, placas, alambres, pedacería de maderas, llantas usadas, plásticos y hules provenientes del retiro de bandas transportadoras sobre el suelo natural sin ninguna protección para prevenir o evitar la contaminación del suelo, lo que infringe los artículos 138, fracción I, II, III Y IV, de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del estado de Sonora.
• No contar con registro ante CEDES como generador de residuos de manejo especial como empresa generadora de residuos, infringiendo con tal situación el artículo 156 de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del estado de Sonora.
• Contratación de prestadores de servicios ambientales para el manejo y disposición final de residuos de manejo especial sin contar con autorizaciones para realizar sus actividades.