Descarta Profepa tinte político en multa a rancho de Padrés
Por Redacción/
No presentaron manifiesto de Impacto Ambiental para la construcción de la presa en el rancho de familia del gobernador Padrés
La presa hidráulica que se construyó en el rancho de la familia del gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, no contó ni con permisos de la Comisión Nacional del Agua, ni con los estudios de Impacto Ambiental que otorga la Semarnat.
Para dejar constancia de este último aspecto, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente realizó tres visitas de inspección al rancho “Pozo Nuevo” además del seguimiento legal a lo largo de cinco meses. Un proceso que, hasta el pasado 4 de febrero derivó en la notificación de una multa de 1 millón 500 mil 140 pesos a “El pozo nuevo de Padrés SP de RL de CV”, por incumplir con el artículo 28 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente.
En entrevista con Primera Plana el delegado en Sonora de la Profepa, Jorge Carlos Flores Monge, abundó sobre las inspecciones realizadas en el predio de la familia Padrés, mismas que iniciaron en septiembre.

“Después de recabadas las evidencias sobre la obra que se realizó, solicitamos —aparte de lo encontraron los inspectores—, la opinión de expertos y de la propia Conagua, para que nos establecieran de acuerdo a las Normas, si se trataba realmente de una presa. Después de todas las evidencias y análisis se llegó a la conclusión de que era una obra que sí requería de una Manifiesto de Impacto Ambiental”.
En ese momento, explica Flores Monge, se les notificó la situación a los representantes legales y les dieron cinco días hábiles para que expusieran lo que derecho les convenía, pero no presentaron nada. Siguió corriendo un periodo de pruebas y alegatos, etapa procesal donde emplazaron a los Padrés para que ofrecieran pruebas para impugnar la posible infracción pero nuevamente hicieron caso omiso.
“Finalmente emitimos una resolución donde se estableció la sanción económica por haber realizado esa obra sin tener el permiso de Impacto Ambiental por parte de Semarnat, y se les sancionó con la cantidad de 21,400 salarios mínimos”.
La notificación del citatorio fue entregada el pasado 4 de febrero en el domicilio fiscal, pero no había nadie. Fue hasta el siguiente día cuando el Lic. Regulo García Montaño, quien se acreditó como represente legal, acudió ante las oficinas de Profepa.
A pregunta expresa, el delegado de Profepa en Sonora, negó categóricamente que haya un tinte político detrás de la multa aplicada al rancho Pozo Nuevo, como días atrás lo consideró el gobernador Padrés.
“La denuncia fue interpuesta desde septiembre del año pasado y tenemos términos legales para resolver. Si tuviera algún tinte político el proceso lo pudiéramos haber retardado a que iniciara el periodo electoral, pero al contrario lo hicimos con la mayor celeridad para incluso evitar se cruce con cuestiones electorales”, apuntó.
El funcionario federal descartó exista “línea” para aplicar sanciones, aseguró aplican la Ley sin ver siglas políticas e incluso dijo llevar una buen relación con el mandatario estatal.
“Hay una relación cercana, cordial y de respeto totalmente, en ningún momento hay nada personal, ni con él ni con su familia mucho menos y estamos al servicio si podemos apoyar en proyectos de crecimiento del estado, somos facilitadores”.
Pero el proceso legal en este caso todavía no está zanjado. Toda vez que hay recursos legales en los cuales pueden ampararse la familia Padrés.
Uno de ellos consiste en interponer un recurso de revisión ante la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA). Son dos los caminos, uno ratificar el resolutivo de Profepa y dejar firme la sanción o revocarla u ordenar reponer el procedimiento.
Si DGIRA ratifica las violaciones a la Ley, todavía tienen el recurso de amparo. Sin en el amparo ratifican la resolución de Profepa y DGIRA, tendrán un término legal para cubrir la multa, la cual si no cubren procederían a una ejecución de embargo para cubrir el monto.
Otro recurso legal es la llamada “conmutación”, que es la presentación de un proyecto ambiental que equivale a la sanción interpuesta o más.
Para la Profepa las acciones de revisión en la zona de la obra hidráulica todavía continúan ya que, independientemente de la sanción económica, analizarán qué tanto daño ocasionó la construcción en la flora y fauna, para posteriormente requerir medidas para mitigar el impacto causado.