Confirma TEPJF asignación de regidores en Hermosillo
Con votación dividida, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la asignación de regidores de representación proporcional en Hermosillo, Sonora, como había señalado antes la Sala Regional de Guadalajara.
En sesión pública realizada este miércoles, la mayoría de los magistrados encontró correcta la asignación de regidores de representación proporcional que corresponden al partido Movimiento Ciudadano, al señalar que éste, a su vez, obró de acuerdo a la ley al proponer su respectiva lista.
Al resolver el recurso SUP-REC-713/2015, los magistrados consideraron que la interpretación de la Sala Regional se ajusta a las disposiciones legales y estatutarias de asignación de regidurías por el principio de representación proporcional en los ayuntamientos de Sonora.
«Se respetó el principio de autodeterminación de los partidos políticos al hacer una interpretación conforme del Artículo 266 de la legislación electoral local», señalaron los magistrados en la sentencia.
En ese sentido, se entiende que las asignaciones de regidores por el principio de representación proporcional se hace por la Comisión Operativa Estatal de Movimiento Ciudadano, con autorización de la Comisión Operativa Nacional del referido instituto político.
Por lo tanto los partidos pueden emitir sus normas internas y establecer el funcionamiento de sus procedimientos y requisitos para seleccionar a sus candidatos a puestos de elección popular.
El magistrado Manuel González Oropeza explicó que el Estatuto Orgánico del partido político Movimiento Ciudadano prevé que la asignación de las regidurías las puede hacer la Comisión Operativa Nacional, por lo cual se cumplió lo establecido por la ley.
A su vez el magistrado Pedro Esteban Penagos López indicó que el partido político debe tener la facultad de ordenar la forma cómo debe de hacerse el registro de candidatos a cargos de elección, incluyendo los cargos municipales, como en este caso.
Pero el magistrado Flavio Galván Rivera consideró en cambio que sí le asiste la razón a la quejosa Ofelia Valenzuela Mungarro y por lo tanto debería haber recibido la constancia de mayoría por representación proporcional, pues fue propuesta por Movimiento Ciudadano conforme la ley local.
Sin embargo, este criterio no fue respaldado por mayoría de la Sala Superior del TEPJF, de manera que la quejosa no será nombrada regidora de representación proporcional.
Notimex