Dan “Palo” a demanda de Morales contra “Primera Plana”
El ex secretario de Comunicación Social demandó a este semanario por publicaciones; un Juez resolvió absolver y falló a favor de la libertad de expresión
Por Gerardo Moreno
Dando una muestra que en Sonora la ley y la justicia cuidan el derecho a la libertad de expresión, la Juez Segunda de Primera Instancia de lo Civil de Hermosillo, María del Socorro Ballesteros López, emitió una sentencia definitiva a favor de Primera Plana, resolviendo desechar una demanda que había presentado el ciudadano Jorge Morales Borbón, quien alegaba daño moral por varias notas, artículos y comentarios publicados en este Semanario.
Los hechos comenzaron pocos días antes de que el secretario de Comunicación Social durante la administración de Guillermo Padrés Elías fuera detenido por la Policía Estatal Investigadora acusado del delito de extorsión y posteriormente recluido en el Centro de Readaptación Social de Hermosillo.
El 22 de enero Morales Borbón presentó una demanda civil en contra de “Editorial El Auténtico SA de CV”, razón social del Semanario Primera Plana, y en contra de Francisco Javier Ruiz Quirrín, director de este medio, por un supuesto daño moral, archivada bajo el expediente 68/2016.
El demandante aseguraba que sufrió daño moral por al menos cuatro textos publicados en este rotativo, con fechas del 15 de enero alrededor de una comparecencia ante la Fiscalía Anticorrupción de Sonora, y que luego se amplió por otro reportaje y comentarios publicados el cinco de febrero, luego de su detención.
En la denuncia se alegaba que se había publicado información falsa de su persona y con ello se causaba una “afectación en su decoro, honor y reputación en su vida privada” y por lo cual exigía el pago de una indemnización por el daño moral, que Editorial El Auténtico pagaría los gastos de los trámites de la demanda, y se publicara un desmentido con el mismo espacio que se le dio a la información original.
Luego de la notificación que recibió la empresa se comenzó la batalla legal en los juzgados civiles de Hermosillo, donde las partes se presentaron su declaración y se desahogaron todas las pruebas.
La defensa y el fallo
En el caso de la denuncia contra Editorial El Auténtico, la Juez determinó que al tratarse de una empresa no se le puede demandar por el contenido que publican sus colaboradores, porque eso equivaldría que pedirle a la compañía que revise los textos que se publicarán y aplique alguna censura a los mismos, lo que claramente va en contra de la libertad de expresión.

Además que al ser un medio de comunicación y que queda claramente establecido en todos los ejemplares del Semanario Primera Plana y en su razón social, que no es responsable por los comentarios y opiniones vertidos por sus colaboradores y estos no representa la postura de la empresa, por lo tanto no se le puede demandar por la información publicada en su interior, por lo cual se desechó la denuncia en su contra.
En cuanto a la denuncia presentada por los comentarios publicados en la columna del Licenciado Franco Javier Ruiz Quirrín, la tesis principal de la parte demandada fue que con esta acusación se estaba tratando de coartar la libertad de expresión y la libertar de información que toda persona que se dedica al periodismo puede ejercer por derecho constitucional.
La Ley y la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconocen que la libertad de expresión tiene ciertos límites legales cuando causa perjuicio a una personal, pero para poder comprobar que una publicación realmente ocasiona el daño moral se deben comprobar varios requisitos: que la información sea falsa, que se difunda a sabiendas de su falsedad, que sea publicada con total despreocupación, y que esto se realice con el único propósito de dañar a la persona.
Ante esto, la defensa comprobó que la información publicada en Primera Plana siempre se hizo mención de Jorge Morales Borbón en su papel como secretario de Comunicación Social en el sexenio 2009-2015, por lo cual no hay daño personal y solo se realizaron con el único fin de informar los hechos ocurridos en Sonora que son de interés social.
En ese sentido, el 15 de noviembre en audiencia pública, la Juez María del Socorro Ballesteros determinó en su sentencia definitiva que Jorge Morales Borbón no pudo acreditar con eficacia que los comentarios publicados en Primera Plana fueron realizados con la intención de dañar su imagen personal y por lo tanto declaró improcedente la demanda.
“El actor, Jorge Morales Borbón, no acreditó los extremos de la acción de responsabilidad civil ejercitada en contra de Francisco Javier Ruiz Quirrín; en consecuencia. Se declara improcedente la acción ejercitada y se absuelve al demandado de las prestaciones reclamadas en su contra”, señala fallo en su resolutivo tercero y cuarto.
Además en el resolutivo quinto la Juez obliga al demandante a realizar los pagos de todos los costos de todos los trámites realizados que ocasionó este juicio en cuanto.
Así se llegó al final una lucha legal que duró casi once meses, pero que al final se impuso el derecho a la libertad de expresión y su respeto legal por las autoridades de impartición de justicia.