Resolvemos las dudas más comunes sobre las Afores

Estas son las preguntas (y las repuestas) más frecuentes de los aforados para entender el mundo de las afores
Por Redacción
¿Cómo funciona la afore?, ¿cómo puedo hacer uso del dinero de mi afore?, ¿Si fallezco qué harán con el dinero que tengo en mi cuenta individual?, ¿Me sirve si soy de la ley 1973 o 1997?, ¿Cuánto voy a retirar de mi afore cuando me pensione?, ¿si no tengo derecho a una pensión y me dan negativa de pensión, qué pasa con ese dinero que tengo en mi afore?
La mayoría no se hace ninguna pregunta porque ni les interesa el estado de cuenta de la Afore, cuando les llega, lo abren, lo ven y como no entienden lo guardan, el dinero en la afore, es como un dinero que tuvieras en el banco ¿te interesa ese dinero? Entonces es lo mismo.
El que escribe tiene 25 años de experiencia en este tema, desde el inicio de las afores en 1996.
¿Sabes qué es una afore?
AFORE es una Administradora de Fondos para el Retiro que se especializa en el manejo de los fondos para el retiro de los trabajadores. Las AFORES son empresas financieras debidamente autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y supervisadas por la CONSAR.
¿Quién puede hacer uso de una afore?
Si estás afiliado al IMSS, el sistema de pensiones te cubre de acuerdo a los requisitos de ley 1973 o ley 1997 este último con 800 (hoy) semanas de cotización. Este sistema te permite elegir la AFORE que más te convenga. Además, se pueden registrar en una AFORE, los del IMSS, ISSSTE y trabajadores al servicio del estado y también independientes. Consulta la AFORE de tu preferencia. Todas son iguales, solo consulta los incrementos que da, las comisiones, pero lo más importante qué minusvalías tiene.
¿Qué es la cuenta individual de la afore?
Es la cuenta personal y única de cada trabajador administrada por la AFORE.
Durante la vida laboral del trabajador se acumulan las aportaciones que realizan:
- El patrón.
- El gobierno.
- El propio trabajador.
A su vez, las aportaciones que se registran son:
- Retiro, Cesantía y Vejez (rcv).
- Cuota Social.
- Aportaciones voluntarias.
- Aportaciones complementarias.
- Subcuenta de SAR 92 (para los trabajadores que cotizaron antes de julio de 1997).
- Vivienda.
¿Qué es la subcuenta de aportaciones voluntarias?
Si lo deseas, podrás llevar a cabo aportaciones de manera voluntaria que
servirán para complementar tu pensión o retirar tu dinero si eres de la ley 1973. Puedes realizarlas personalmente en tu AFORE o solicitarle a tu patrón que las realice haciendo un descuento de tu sueldo.
¿Qué es la subcuenta de aportaciones complementarias?
Tiene el propósito de incrementar el monto de tu pensión, estas aportaciones las podrán realizar tú o tu patrón en cualquier momento. Sólo podrás disponer de estas aportaciones al momento de tu retiro
¿Cómo saber en qué afore estoy?
Si no conoces la AFORE en que está tu cuenta individual, la alternativa es llamar al teléfono de la Consar: o a sartel al 5513285000.
¿Cómo me cambio de afore?
No les conviene porque todas las afores son iguales y está garantizado su dinero.
A partir de abril de 2008 los cambios de una AFORE a otra podrán realizarlos una vez por año, y antes de ello solamente una vez más, si el traspaso se realiza a una AFORE con mayor rendimiento neto; es decir, una AFORE que te ofrezca una mayor tasa de interés por tus ahorros después de las comisiones.
Hoy muchas de estas políticas han cambiado.
¿Cuándo me puedo pensionar bajo la ley 1997?
Pensión por cesantía o vejez, cuando cumplas con alguno de estos requisitos:
- Contar con un mínimo de 800 semanas cotizadas. (hoy)
- Tener 60 años para retirarse por cesantía ó 65 por vejez.
¿Puedo disponer en forma parcial de los recursos de mi cuenta individual?
Sí, pero no te conviene porque te restarán semanas cotizadas y eso perjudicará a tu pensión si eres de la ley 1973, se llama ayuda por desempleo
¿En pocas palabras para qué me sirve la Afore?
Para nada y para nada, porque si te quieres retirar con la ley 1997, tendrás que tener en tu afore mínimo un millón 500 mil pesos más o menos (hoy) y eso con la mínima garantizada y si te pensionas con la ley 1973, no te sirve más que te den un porcentaje de tu afore al pensionarte.
Por lo tanto y más, la afore no es solución ni para la ley 1997 porque nunca lograras acumular un millón 500 mil pesos en tu cuenta individual y para los de la ley 1973, la afore no te sirve para calcular tu pensión, es solo un ahorro que ahí tienes al, momento de tu retiro.
Quedarán muchas preguntas, pero estoy para servirles y a sus órdenes.
Mi contacto es, primero por Whatsapp 6621036175
Mi correo: eduardo.lopez.gnp @gmail.com