Certificado de vacunación: ¿Emergencia nacional o derecho a decidir?

Tras las medidas dictadas por autoridades de distintas partes del país de exigir un certificado de vacunación para ingresar a establecimientos, se abre el debate sobre si se pondera una emergencia sanitaria o se vulneran los derechos fundamentales
Por Antonio López Moreno
Exigir un certificado de vacunación para ingresar a establecimientos, es una medida adoptada por autoridades de distintas partes del país, entre ellas Sonora, para lo cual se abre el debate, sobre si se pondera la salud de la población o atentan contra los derechos fundamentales de las personas.
En entrevista exclusiva para el Semanario Primera Plana, el abogado litigante y profesor universitario Julio César Montaño Peralta, explica sobre las vertientes legales y posibles violaciones a los derechos humanos.
Inició destacando que la pandemia por COVID-19, representa una situación histórica para lo cual el mundo no estaba preparado. Derivado de lo anterior se han tomado medidas atípicas en todo el mundo para contener la emergencia sanitaria.
“Existen antecedentes en la historia universal, de la cuales se han desprendido otros tipos de pandemias, pero a esta generación no nos había tocado vivir, porque la historia inmediata anterior, nos marcaría lo que fue la gripe española”.
En ese sentido, las autoridades han implementado medidas que limitan la libertad personal, bajo la justificación de tutelar a un bien jurídico mayor, que en este caso es la vida humana.
“Todo lo que se está realizando ahorita es con la finalidad de innovar y tratar de salvaguardar lo máximo que es la vida, y en ese orden de ideas se ha venido trabajando para efectos de proteger el tema de salud”.
Sin embargo la aplicación de la vacuna contra el COVID-19, ha generado rechazo en un sector de la población, que no confían en el biológico, o bien, han decidido por cuenta propia no aplicársela.
Entre los motivos, destacan creencias religiosas, desconfianza, escepticismo o decisiones personales de salud.
“Todas estas decisiones, el derecho tiene que —de alguna manera— proteger. Las ideas que el ser humano tenga, es importante que se respeten. En este caso las personas ‘antivacunas’ deben ser respetados en sus derechos”.
Aclaró que la Carta Magna del país, salvaguarda el derecho a la libertad y a definir de manera individual sobre creencias, posturas o acciones preventivas en materia de cuidado personal.
“Si nos vamos al marco constitucional, vemos que se establece el tema de derechos fundamentales y que el estado mexicano debe de proteger estos derechos humanos contemplados en la constitución y en los tratados internacionales de los que México forma parte. Se tienen que respetar estos derechos, como la libertad de expresión y el derecho a decidir, y también la libertad de decidir qué es bueno y qué es malo”.
El derecho a la libertad, dijo, queda establecido en el primer artículo de la Constitución, el cual prohíbe toda acción discriminatoria.
“La propia constitución te da la respuesta a estas preguntas, el artículo 1 en su último párrafo, claramente señala que va quedar prohibida toda discriminación motivada por origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, y ojo, las condiciones de salud”.
No obstante, la misma constitución de México también salvaguarda el derecho a la salud, y es que según la normatividad, toda persona tiene derecho a la protección de su salud y el estado debe proteger ese bien.
“Sin embargo, el artículo 4 constitucional se opone a esto, ya que señala que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, aquellas personas que están vacunadas tienen derecho a seguir protegiendo en su salud”.
Por lo tanto, consideró que al prohibir el ingreso de una persona sin vacunar a un comercio o espacio público, a pesar de que se atenta contra la libertad, se salvaguarda la salud de la población.
“Se contrapone una con la otra, sin embargo se debe ponderar el bien común sobre el bien particular”.
Tras las medidas dictadas por autoridades de distintas partes del país de exigir un certificado de vacunación para ingresar a establecimientos, se abre el debate sobre si se pondera una emergencia sanitaria o se vulneran los derechos fundamentales
Por Antonio López Moreno
Exigir un certificado de vacunación para ingresar a establecimientos, es una medida adoptada por autoridades de distintas partes del país, entre ellas Sonora, para lo cual se abre el debate, sobre si se pondera la salud de la población o atentan contra los derechos fundamentales de las personas.
En entrevista exclusiva para el Semanario Primera Plana, el abogado litigante y profesor universitario Julio César Montaño Peralta, explica sobre las vertientes legales y posibles violaciones a los derechos humanos.
Inició destacando que la pandemia por COVID-19, representa una situación histórica para lo cual el mundo no estaba preparado. Derivado de lo anterior se han tomado medidas atípicas en todo el mundo para contener la emergencia sanitaria.
“Existen antecedentes en la historia universal, de la cuales se han desprendido otros tipos de pandemias, pero a esta generación no nos había tocado vivir, porque la historia inmediata anterior, nos marcaría lo que fue la gripe española”.
En ese sentido, las autoridades han implementado medidas que limitan la libertad personal, bajo la justificación de tutelar a un bien jurídico mayor, que en este caso es la vida humana.
“Todo lo que se está realizando ahorita es con la finalidad de innovar y tratar de salvaguardar lo máximo que es la vida, y en ese orden de ideas se ha venido trabajando para efectos de proteger el tema de salud”.
Sin embargo la aplicación de la vacuna contra el COVID-19, ha generado rechazo en un sector de la población, que no confían en el biológico, o bien, han decidido por cuenta propia no aplicársela.
Entre los motivos, destacan creencias religiosas, desconfianza, escepticismo o decisiones personales de salud.
“Todas estas decisiones, el derecho tiene que —de alguna manera— proteger. Las ideas que el ser humano tenga, es importante que se respeten. En este caso las personas ‘antivacunas’ deben ser respetados en sus derechos”.
Aclaró que la Carta Magna del país, salvaguarda el derecho a la libertad y a definir de manera individual sobre creencias, posturas o acciones preventivas en materia de cuidado personal.
“Si nos vamos al marco constitucional, vemos que se establece el tema de derechos fundamentales y que el estado mexicano debe de proteger estos derechos humanos contemplados en la constitución y en los tratados internacionales de los que México forma parte. Se tienen que respetar estos derechos, como la libertad de expresión y el derecho a decidir, y también la libertad de decidir qué es bueno y qué es malo”.
El derecho a la libertad, dijo, queda establecido en el primer artículo de la Constitución, el cual prohíbe toda acción discriminatoria.
“La propia constitución te da la respuesta a estas preguntas, el artículo 1 en su último párrafo, claramente señala que va quedar prohibida toda discriminación motivada por origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, y ojo, las condiciones de salud”.
No obstante, la misma constitución de México también salvaguarda el derecho a la salud, y es que según la normatividad, toda persona tiene derecho a la protección de su salud y el estado debe proteger ese bien.
“Sin embargo, el artículo 4 constitucional se opone a esto, ya que señala que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, aquellas personas que están vacunadas tienen derecho a seguir protegiendo en su salud”.
Por lo tanto, consideró que al prohibir el ingreso de una persona sin vacunar a un comercio o espacio público, a pesar de que se atenta contra la libertad, se salvaguarda la salud de la población.
“Se contrapone una con la otra, sin embargo se debe ponderar el bien común sobre el bien particular”.