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Juicios Orales facilitan y agilizan los procesos penales

Con la entrada en vigor de los juicios orales se pretende que se agilice el proceso penal de un individuo, y tiene la ventaja, entre otras, que es más democrático, porque el ciudadano puede negociar con el juez, con el ministerio público, en un orden jurídico preestablecido, indicó Miguel Espinoza de Santiago.

El académico del Departamento de Derecho señaló que también un juicio oral es más humano en tanto que es más personalizado, pues desde el momento en que alguien es detenido puede ser que el juez de garantías esté a su lado, y en el proceso tradicional es difícil que el ciudadano vea al juez, mucho más difícil es que llegue a la posibilidad de negociar su libertad.

El abogado, especializado en Derecho Internacional Privado y en Litigación de Juicios Orales, estuvo como invitado para hablar del tema en “Transversales, saber sin fronteras”, programa de la Dirección de Vinculación y Difusión que se transmite por Radio Universidad.

Espinoza de Santiago destacó que los juicios orales son un instrumento que tiene el Estado para darle sentido a los requerimientos de un ciudadano que por alguna razón ha caído en un delito, se considera como un derecho fundamental para ese ciudadano el que tenga un debido proceso, y el proceso oral es uno de los que existen para hacerlo, desde el punto de vista jurídico.

Indicó que la propuesta que se hace en 2008 es resultado de una serie de cambios y reformas que en lo jurídico se habían venido realizando desde la firma del Tratado de Libre Comercio con Canadá y Estados Unidos, donde uno de los requerimientos que se le hicieron a México era en el sentido de que había que reformar o cambiar las estructuras procesales.

Lo sustancial en la modificación, reveló, es que el juicio oral es una especie de propuesta del Estado para decir al ciudadano que va a respetar su rol social y se va a dedicar a proteger sus intereses y los de la sociedad, y eso impacta no sólo en lo jurídico, hay cambios en lo sociológico y hasta en lo político, apuntó.

El docente señaló que los juicios orales se aplican en todos los conflictos que tienen que ver con el daño a patrimonio, a personas o libertades, por parte de otro individuo, y que es la tercera etapa en donde ya el ciudadano está frente al juez que va a valorar las pruebas y va a resolver.

“De un 100% de casos, sólo un 3 o 5% llegan a la etapa de juicio oral: casi todo se resuelve en la primera etapa, que es la de investigación, donde el sujeto es detenido tras realizar un delito, y ante el ministerio público se lleva a cabo toda una serie de mecanismos, en donde normalmente, como solución alternativa, no se llega o no se sigue con el juicio”, explicó.

Resaltó que éste es un proceso distinto al tradicional, en el cual, desde el momento en que se inicia una averiguación previa, un proceso o un procedimiento de orden penal, éste tiene que concluir regularmente con una sentencia, y eso ha motivado que se acumulen los expedientes y se tenga en la cárcel a personas que bien pudieran estar produciendo en la sociedad.

Aunque el académico señaló que éste es un gran paso, el proceso de reforma llega tardío a México; además de que la reciente reforma del 5 de marzo de 2014, cuando se lanza el Código Nacional de Procedimientos Penales, tomó al sistema sin una completa preparación.

Respecto a la Licenciatura en Derecho de la Universidad de Sonora, dijo que desde el semestre antepasado se realizó por parte de la Academia de Derecho Penal una reforma al programa de la materia y se dejó un 25% para dedicarle al estudio del proceso tradicional, que está vigente todavía en Sonora, y al proceso oral se le dedica alrededor del 75 %.