La Corte Suprema limita alcance de jueces en caso sobre ciudadanía por nacimiento

Por Redacción PPD
En un fallo de gran impacto político y judicial, la Corte Suprema de Estados Unidos dio este viernes una victoria al presidente Donald Trump en el caso Trump vs. CASA, sin pronunciarse directamente sobre la constitucionalidad del derecho a la ciudadanía por nacimiento que se decidirá en el próximo mes de octubre.
El pronunciamiento del máximo tribunal no modifica de forma inmediata el principio de ciudadanía automática para niños nacidos en territorio estadounidense, incluso si sus padres no tienen estatus legal. Sin embargo, limita significativamente el poder de los jueces federales para emitir bloqueos a nivel nacional sobre políticas gubernamentales, lo que sí afecta cómo se protegen derechos constitucionales en casos similares.
¿Qué resolvió la Corte?
La Corte Suprema resolvió que los jueces de distrito no pueden emitir medidas cautelares universales, es decir, órdenes que bloqueen la aplicación de una política federal para todo el país. De ahora en adelante, los jueces solo podrán conceder esas medidas a las personas directamente involucradas en el caso.
Esta decisión no anula la ciudadanía por nacimiento, pero sí podría generar un escenario desigual en su aplicación, dependiendo del estado o del alcance de cada demanda. Algunas cortes federales habían bloqueado en su totalidad una orden ejecutiva de Trump que buscaba limitar ese derecho para hijos de inmigrantes indocumentados. El nuevo fallo reduce esa capacidad.
¿Qué implica esto para el futuro?
En términos prácticos, una política como la orden ejecutiva de Trump ya no podría ser suspendida de forma automática en todo el país por el fallo de un solo juez. Eso obligaría a múltiples demandas en diferentes jurisdicciones para lograr efectos similares a nivel nacional.
El juez Brett Kavanaugh, en una opinión concurrente, aclaró que las medidas de amplio alcance aún podrían ser posibles en casos de demandas colectivas o si un juez anula una política conforme a la Ley de Procedimientos Administrativos.
Una “fractura constitucional”, dicen disidentes
Las magistradas liberales de la Corte emitieron una dura disidencia, calificando el fallo como un “shock sísmico” que crea una “doble vía” en la aplicación de la Constitución: una para quienes logran medidas cautelares, y otra donde los límites al poder del Ejecutivo pueden volverse inoperantes.
Según su opinión, limitar los mandatos judiciales universales debilita la capacidad de los tribunales para proteger derechos fundamentales. Argumentan que sin ese tipo de medidas, las garantías constitucionales podrían “ser anuladas en la práctica”.
Aunque este fallo no elimina el derecho a la ciudadanía por nacimiento, sí altera profundamente el mecanismo legal mediante el cual los ciudadanos y organizaciones pueden frenar políticas del gobierno federal. La decisión inaugura un nuevo capítulo en la relación entre el Poder Judicial y el Ejecutivo, cuyas implicaciones apenas comienzan a delinearse.