Resuelve Corte que reconocimiento voluntario de hijos es irrevocable
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que cuando se reconoce a un hijo no biológico de manera voluntaria y sin vicios en el consentimiento, es decir sin engaños, tal decisión es irrevocable.
Con esa resolución, los ministros de la Primera Sala ratificaron la validez del Artículo 4.166 del Código Civil para el Estado de México y negaron el amparo a un sujeto que había reconocido legalmente a la hija de la mujer con la que se casó y pretendió desconocer cuando se divorció.
Este intento de desconocer al hijo de su cónyuge sucedió en dos ocasiones, debido a que la pareja en cuestión se casó y se divorció dos veces.
El proyecto elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero, que recibió el respaldo del resto de los ministros, establece que el reconocimiento legal de un hijo no es revocable.
“Se trata de un acto jurídico voluntario y no tiene como presupuesto la existencia de un vínculo biológico, pues generalmente el reconocimiento se pide precisamente cuando se trata de hijos sin vínculo biológico”, añadió.
La declaración de irrevocabilidad decretada por los ministros tiene como propósitos dotar de firmeza tal acto, evitando que quede al arbitrio y capricho del padre cumplir con el compromiso adquirido con el menor.
En este caso, el hombre reconoció a la hija de su pareja y cuando se divorciaron pretendió desconocerla presentando como elemento de prueba el resultado del ADN.
Luego, cuando volvieron a casarse, reconoció legalmente a la hija de su pareja y al promover el segundo divorcio nuevamente pretendió anular el reconocimiento de la menor.
Los ministros de la SCJN establecieron que el reconocimiento legal de un menor como hijo es irrevocable cuando se realiza de manera voluntaria y sabiendo previamente que no hay un vínculo biológico entre ambos.
Notimex