Ordena juez garantizar tratamiento médico para Manasés Soberanes
Por Yesúa Molina
El pasado 18 de mayo el Juez Décimo Segundo de Distrito con sede en Sonora envió al Hospital Infantil del Estado (HIES) una medida cautelar que obliga a la Secretaría de Salud canalizar el caso de Manasés Soberanes Romero, al Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía (INNN) para que el menor de seis años reciba un tratamiento adecuado ante el diagnóstico de angiomas en el tallo cerebral que dificultan su movilidad y desarrollo.
La demanda de amparo fue presentada por el Sr. Israel Soberanes, padre del menor, con apoyo de Cynthia Denisse Arcoamarillo Lhor, abogada de la organización civil Sonora Ciudadana, con el fin de que el pequeño Manasés Soberanes reciba el tratamiento médico necesario para curar su enfermedad neurológica.
La familia de Manasés ha luchado por tres años para que su pequeño reciba la atención adecuada. Según los diagnósticos hechos por especialistas del HIES y del Instituto Nacional de Pediatría (INP), es imposible realizar una radiocirugía con rayos gamma (único procedimiento apto para salvar la vida del menor), ya que ninguna de las dos instituciones cuentan con los aparatos y tecnología necesarias, en este tiempo el menor no ha recibido tratamiento efectivo para su problema.
El tratamiento idóneo que garantiza a Manasés su derecho a la salud requiere de una valoración por parte del Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía, con sede en la Ciudad de México. El tiempo que transcurre es importante ya que el mas grande de los angiomas revienta cada cierto tiempo poniendo en riesgo la vida del menor y empeorando su situación.
“Que se realice la operación quirúrgica depende de la voluntad de la autoridad, ahora el HIES tiene que mandar los diagnósticos y toda la información necesaria del caso al INNN, es el requerimiento que hace el juez”, comenta la abogada.
La Secretaría de Salud respondió a la solicitud del Juez informando que el HIES realizará las gestiones necesarias para que Manasés sea valorado por el Hospital Nacional de Neurología y posteriormente se decida si es apto para la cirugía que le permitiría llevar su vida de forma normal.
El artículo 50 de la Ley General de los Niños Niñas y Adolescentes indica que se debe garantizar la salud de los infantes, no importa si tienen seguridad social o no, explica la abogada Cynthia Denisse Arcoamarillo Lhor.
Si en la entidad no existe la tecnología adecuada para atender cierta enfermedad los médicos de la institución donde es atendido deben canalizar el caso a la institución que cuente con los aparatos necesarios para su recuperación ya sea del ámbito estatal o federal.