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Aprueban aportación voluntaria para bomberos

La aportación voluntaria para el fortalecimiento y sostenimiento de los cuerpos de bomberos del Estado quedó establecida en la Ley de Hacienda del Estado, lo que se traducirá no sólo en la mejora de su infraestructura y equipamiento, sino que también generará las condiciones en la esfera jurídica fiscal para que se realice una justa repartición de los recursos recaudados para dicho propósito.
 
El Decreto fue aprobado en la sesión ordinaria del Pleno del Congreso, previa lectura del dictamen a cargo de la diputada María Cristina Gutiérrez Mazón, quien el 3 de abril de 2017 presentó a esta Soberanía la iniciativa referida, por considerar importante regular la equidad en la repartición de los recursos económicos que se recaudan en el Estado a favor de dichos grupos de auxilio.
 
Se busca darle certeza a la sociedad sonorense del destino de sus aportaciones y para garantizarles que, efectivamente, el producto de sus contribuciones llegue a manos de los cuerpos de bomberos para su fortalecimiento, expuso la legisladora.
 
De acuerdo al dictamen de Decreto elaborado por la Primera Comisión de Hacienda, se adiciona a la Ley de Hacienda del Estado un Artículo 292 BIS-8 que diga que toda la recaudación que por concepto de esta aportación voluntaria se obtenga, será exclusivamente para el fortalecimiento y sostenimiento de los cuerpos de bomberos que se encuentren reconocidos por los ayuntamientos de los municipios del Estado.
 
Agrega que, de los recursos que se recauden por dicha aportación voluntaria en los municipios con población mayor a cien mil habitantes, el 100 por ciento se entregará a patronatos de los cuerpos de bomberos del Ayuntamiento donde se originó el recurso, en tanto que el cien por ciento de lo recaudado en los de población menor a 100 mil habitantes, se entregarán al del Municipio donde se originó la recaudación.
 
La aportación voluntaria con cargo al contribuyente será, en caso de aceptarlo, por cada uno de los servicios prestados relativos a la expedición de placas de vehículos, revalidaciones, licencias para conducir y permisos.
 
El diputado Jesús Epifanio Salido Pavlovich, a nombre del grupo parlamentario del PRI, felicitó a la diputada Gutiérrez Mazón por esta iniciativa, pues consideró que se trata de un paso importante para fortalecer una institución que requiere mucho del Gobierno, y en este caso del Poder Legislativo. A la felicitación se unieron también los legisladores Karmen Aída Díaz Brown Ojeda y Manuel Villegas Rodríguez.
 
La asamblea también aprobó el Acuerdo mediante el cual este Poder Legislativo aprueba en todas y cada una de sus partes, la Minuta con proyecto de Decreto por el que se reforma el Artículo Décimo Sexto Transitorio del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014, que a la letra dice:
 
“Una vez realizada la declaratoria a que se refiere el párrafo anterior, la Cámara de Senadores iniciará de forma inmediata el procedimiento previsto en el Apartado A del Artículo 102 de esta Constitución para la designación del Fiscal General de la República. Si la Cámara de Senadores no estuviere reunida, la Comisión Permanente la convocará inmediatamente a sesión extraordinaria.
 
“El Procurador General de la República que se encuentre en funciones al momento de expedirse la declaratoria a que se refiere el párrafo primero de este artículo, continuará en su encargo hasta en tanto el Senado designe al Fiscal General de la República”.
 
De acuerdo a la exposición de motivos del dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, y al que dio lectura el diputado José Luis Castillo Godínez, el Decreto constituye una acción legislativa que viene a consolidar la autonomía que tendrá la Fiscalía General de la República en el desempeño de sus funciones.
 
También garantiza a los mexicanos que la designación del nuevo fiscal sea una persona que cuente con un perfil profesional necesario para realizar su labor constitucional de procurar la justicia, con lo que a la vez, la reforma al Artículo Transitorio aludido viene a garantizar que prevalezca la autonomía constitucional que tendrá dicha Fiscalía con los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado, destaca.