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Aprueban reformas al Código Penal para sancionar ciberacoso

Por Gerardo Moreno

De uno y hasta 18 años de cárcel podrán recibir las personas que ahora comentan el delito de violencia, acoso y extorsión digital en contra de menores de edad, ya que estos delitos quedaron tipificados dentro del Código Penal de Sonora.

Le platicó que los diputados del congreso aprobaron un dictamen que reformó ocho artículos del Código penal para establecer los delitos de violencia digital, acoso, hostigamiento y abuso sexual, corrupción de menores, extorsión, amenazas, usurpación de identidad y feminicidio.

Por ejemplo, en el caso de corrupción de menores utilizando herramientas digitales, se le impondrá una pena que va de cuatro a 10 años de cárcel.
Para quien venda o difunda material pornográfico de niñas, niños y adolescentes por medios digitales, se le impondrá una pena de de seis meses a un año de cárcel y será de cuatro a 10 años de cárcel para quien lo produzca.

Se establece una pena de nueve a 18 años de cárcel, para utilice medios digitales para convencer a un menor de edad a cometer cualquier acto sexual, incluso si hay algún grado de parentesco, confianza o subordinación.

De igual forma queda plenamente establecido el delito de acoso sexual por medios digitales contra menores de edad, el delito de Extorsión digitales y el de usurpación de identidad también en plataformas digitales.

Estas propuestas fueron aprobadas este martes por el pleno del Congreso y entrará en vigor una vez que sea publicada en el boletín Oficial del Estado.