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ASÍ LO VEO | Te pueden obligar a pagar tus impuestos

Omar del Valle Colosio, titular de la Secretaría de Hacienda Estatal.

Por Gerardo Moreno Valenzuela

Si eres de los que se asustan cuando escuchan la palabra SAT, pues ahora también temblarás al escuchar “Secretaría de Hacienda”, pues a partir de este 2023 tienen amplias facultades para perseguirte, a ti y a tus conocidos, y obligarte a pagar tus impuestos y contribuciones estatales.

Es que, dentro del Paquete Fiscal Estatal, aprobado en diciembre, se incluyeron algunas modificaciones al Código Fiscal donde dan facultades a la Secretaría de Hacienda puede realizar visitas domiciliarias, calcular ellos mismos las contribuciones que deberían hacer y realizar aseguramientos de bienes para que paguen, iniciando con cuentas bancarias, de ahorro o financieras.

Además, si no encuentran al contribuyente deudor, pueden ir contra los responsables solidarios, que serían quienes tienen negocios con él, como socios o proveedores, y a terceros involucrados, que son quienes tienen alguna relación, como un cónyuge.

Entre las más de 50 modificaciones que realizadas, llaman la atención las relacionadas con los artículos 50 y 50-A, donde señala que se procederá al aseguramiento precautorio de bienes cuando no se localicen al contribuyente en su domicilio, desocupen o abandonen el mismo, sin previo aviso. Y este aseguramiento será por un monto similar a la tercera parte del adeudo.

El inciso a), marca que el primer bien a asegurar serán depósitos bancarios, componentes de ahorro, inversión asociados a seguros de vida, cualquier otro depósito, componente, producto o instrumento de ahorro o inversión.

Así que no les sorprenda que al puro estilo de la película “en búsqueda de la felicidad”, encuentren un capítulo llamado “pagando impuestos”.

Este aseguramiento se hará mediante oficio ante las entidades financieras, donde estas tendrán tres días para responder y reportar el aseguramiento, y la autoridad notificará al contribuyente.

Ya si no se tienen suficientes ingresos en el banco, ya vienen siete incisos de distintos bienes que se pueden asegurar que van desde bienes hasta joyas e incluso obras de arte, hasta garantizar el monto.

Además, en el artículo 53 marca que personal de Hacienda podrá visitar los domicilios para verificar el número de operaciones que deban registrarse como ingresos y el artículo 67, dice que ellos podrán calcular “presuntivamente” los impuestos o remuneraciones por el cual deben pagar contribuciones y si detectan algo extraño procederán a la cobranza respectiva.

Esperamos que estas facultades sirvan para realmente perseguir a quienes no pagan impuestos y que actúen contra los que tienen muchos ingresos, pero no les sorprenda que cuando hagan falta recursos el Estado comience a tocar sus puertas.

Por lo pronto lo mejor es ir buscando convenios para ponerse al corriente, porque ahora las atribuciones ya están en la ley y pueden comenzar a usarlas.

Así lo veo yo, ¿cómo la ven ustedes?