Padresistas retrasan justicia a fuerza de amparos; “Primera Plana” tuvo acceso a expedientes
Por Rigo Gutiérrez E. /
“Primera Plana” consultó amparos promovidos por ex funcionarios de Padrés, hoy con expedientes abiertos ante la Fiscalía Anticorrupción; todos argumentan supuestas fallas en el proceso con objetivo de dilatar la aplicación de justicia
El exgobernador Guillermo Padrés Elías, sus hermanos, y al menos tres ex secretarios con expedientes abiertos en la Fiscalía Anticorrupción, ahora buscan a fuerza de amparos retrasar lo más lejos posible la aplicación de la justicia.
En todos los casos, el Poder Judicial ha concedido amparos de acuerdo a lo permitido en la Ley. Sin embargo, los argumentos considerados por el juez tienen que ver más con el debido proceso legal, no así con la sustancia del delito, los presuntos actos de corrupción y enriquecimiento ilícito, por los cuales se les investiga.

Así las cosas, desde el pasado 30 de marzo el ex mandatario panista junto con sus hermanos Héctor, Miguel, y Julio César, promueve una serie de recursos legales ante el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado, argumentando faltas al proceso.
“Primera Plana” consultó el Juicio de Amparo No. 456/2016 que promovieron los hermanos Padrés Elías donde sostienen no haber sido notificados de las averiguaciones previas que se integran en su contra. Bajo este argumento, esgrimen su amparo, mismo por el cual la secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Sonora, Piedad Julia Vega, les concede la “suspensión definitiva”.
En el cuerpo del recurso legal se describe que en tanto se resuelva el fondo de la demanda interpuesta por la Fiscalía, y solo en el caso de que en la averiguación previa de donde derivan los actos reclamados tengan el carácter de indiciado, las autoridades responsables le permitirán el acceso a la averiguación previa, nombre defensores y se ofrecerán pruebas.

“…En el entendido de que la responsable no podrá ejercitar la acción penal correspondiente —si en su caso es procedente— dentro de la averiguación previa de origen, sin que previamente respete y garantice el derecho de adecuada defensa de los quejosos en los términos antes señalados, hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva (lo cual obviamente no implica la paralización de la facultad de investigación y consecuente integración de la indagatoria) siempre y cuando no se dé alguno de los siguientes supuestos, en cuyo caso se encuentra expedita las facultades del ministerio público para ejercitar la acción penal correspondiente…”, indica el escrito.
Villalobos recurre al amparo
El ex secretario de Hacienda, Carlos Villalobos Organista, también va con suma cautela y buscando más días por los laberintos legales.
Es así que el 17 de marzo promovió un amparo ante el Juez Décimo de Distrito en Sonora —expediente No. 352/2016— donde argumenta en contra del Fiscal Anticorrupción y otras autoridades, porque omitieron notificarle la averiguación previa que se le integra en su contra, los hechos que se le imputan y las pruebas que se sustentan los mismos.
En este sentido el juez Ramón Sotelo Rincón, resolvió conceder la suspensión definitiva, solicitando a las autoridades responsables permitan el acceso de la averiguación previa. Asimismo, al conceder esta suspensión, dejan claro que no se deberá paralizar la integración de las indagatorias de origen.
Ortiz, amparo por 100 mil pesos
Para Héctor Ortiz Ciscomani, antes titular de Agricultura en el sexenio padrecista, su libertad en este momento parece tener un costo, sin que aún inicie el proceso judicial.

Y es que de acuerdo a lo establecido en los expedientes del Juzgado Tercero de Distrito, en el juicio de amparo No. 169/2016, al ex funcionario se le fijó una garantía a cubrir por la cantidad de 100 mil pesos.
En el incidente de suspensión relativo al juicio de amparo exponen que del informe previo rendido por la autoridad responsable, se advierte que la orden de aprehensión reclamada fue emitida contra el quejoso por su probable responsabilidad en la comisión del delito de ejercicio abusivo de funciones, el cual no se encuentra señalado como grave por el artículo 187 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora.
“En tal virtud, al encontrarse reunidos los requisitos establecidos en los artículos 124, 130 y 136 de la Ley de Amparo, se concede al quejoso Héctor Herminio Ortiz Ciscomani la suspensión definitiva solicitada, para el efecto de que, hasta en tanto no se resuelva el fondo del asunto en lo principal, las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran, y no se prive de su libertad, quedando a disposición de este juzgador en cuanto a su libertad personal se refiere…”, apunta.
Así, al ex funcionario le concedieron una suspensión definitiva, pero sigue su proceso con la advertencia del juez de presentarse ante la autoridad tantas veces sea citado o requerido para la práctica de diligencias.
Tinajero, estira la liga
David Tinajero Aguirre, ex titular del fideicomiso Impusor también busca la protección con amparos. Las autoridades de la Fiscalía Anticorrupción también le pisan la sombra debido a la investigación acumulada por enriquecimiento ilícito.

Cuando supo de estas indagatorias no tardó en procurar ayuda. El 8 de marzo inició el proceso de incidente de suspensión relativo a juicio de amparo No. 168/2016 ante Juzgado Primero de Distrito en Sonora.
En su argumentación reclama indebida determinación de no notificarle la averiguación previa que se formula en su contra.
Como resultado, el Juez determinó concederle a Tinajero Aguirre una suspensión provisional de los actos reclamados, permitiéndole hacer valer su derecho en la averiguación previa de origen y permitir ofrecer pruebas.
El mismo Juez precisa, que con la concesión de esta medida cautelar, no se impide a la representación social responsable el ejercicio de la acción penal en caso de ser procedente, sino que únicamente se posterga en el tiempo su determinación hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva.
Morales, amparos tras las rejas
Apenas había pisado la cárcel cuando ya estaba tramitando un amparo. El uno de febrero Jorge Morales, ex secretario de Comunicación en el sexenio de Padrés, fue consignado debido a una orden de aprehensión dictada por un juez por el delito de extorsión. Nueve días después promovió un incidente de suspensión derivado del juicio de amparo 173/2016-I.
En esta defensa, Morales reclama le fue negado acceso a los autos de la averiguación previa, así como la resolución de la consignación.
Ante esto, la Jueza Segundo de Distrito, Alba Lorenia Galaviz, determinó una suspensión provisional, para efectos de que sin que se suspenda la continuación de la indagatoria.
El 29 de marzo, el ex funcionario promovió nuevamente un juicio de amparo. La razón fue similar a la anterior: negativa de acceso a los autos de la averiguación previa que integra la Fiscalía, así como negativa al desahogo de pruebas.
La respuesta de la autoridad judicial fue en el mismo sentido e incluso brinda más detalles.
De entrada, sostiene que el cuatro de marzo se realizó un desahogo de pruebas con documentos periciales en materia de contabilidad, además de recabar la declaración ministerial de Morales; después el siete de marzo se le hizo saber al defensor de las averiguaciones para su consulta.
Finalmente la juez concedió una “suspensión definitiva” en el amparo solicitado, con lo cual señala “sin que se suspenda la continuación de la indagatoria de la que derivó el acto reclamado en la demanda de amparo, a fin de preservar la materia de juicio constitucional de origen, no se resuelva en definitiva dicha indagatoria hasta que se resuelva en lo principal…”.
A pesar de estar muy claro para la sociedad el camino por donde debería transitar la justicia en casos como enriquecimiento ilícito, en el laberinto judicial camina con pies de plomo, por veredas sinuosas y a veces opacas.