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Proceso electoral en Sonora está en “pausa jurídica”: IEEyPC

El Presidente del IEEyPC, Nery Ruiz, asegura que por el momento las afectaciones son directas al INE, pero en lo local les frena los trabajos previos y planeación de las elecciones
El Presidente del IEEyPC, Nery Ruiz, asegura que por el momento las afectaciones son directas al INE, pero en lo local les frena los trabajos previos y planeación de las elecciones

El Presidente del IEEyPC, Nery Ruiz, asegura que por el momento las afectaciones son directas al INE, pero en lo local les frena los trabajos previos y planeación de las elecciones

Por Rigo Gutiérrez y Gerardo Moreno

La incertidumbre que existe con la entrada en vigor de las reformas electorales del “Plan B” y todas las impugnaciones que se están acumulando, obligó que la planeación y trabajo para el proceso electoral del 2024 entrarán en una pausa jurídica hasta que haya una resolución definitiva de las normas.

El consejero presidente del Instituto Estatal Electoral (IEE), Nery Ruiz Arvizu, explicó en entrevista exclusiva para Primera Plana, que al momento las afectaciones de estas reformas son directas al INE y aún no impacta en lo local, pero sí frena todos los trabajos previos y planeación del proceso electoral.

“Todo esto de la Reforma electoral federal, evidentemente va a tener un impacto en el proceso electoral local, la situación ahorita es complacida, porque hasta en tanto no se defina que, si es válido legalmente, constitucionalmente, y que no, nosotros no tenemos certeza de que es lo que sigue en el proceso electoral local”.

Tema jurídicamente complejo

El Plan B contempla la modificación cientos de artículos en seis leyes diferentes, las cuales fueron presentadas en dos partes; primero entraron en vigor el 27 de diciembre la Ley General de Comunicación Social, y la Ley de Responsabilidades Administrativas; en este caso se presentaron un total de 126 impugnaciones, que fueron acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales.

Estos recursos fueron presentados por el INE, gobierno estatales y municipales, y partidos políticos, esencialmente por las normas que van contra el artículo 134 constitucional, que señala que ningún servidor público puede usar recursos públicos con fines electorales y no se puede promocionar personalmente en sus acciones de gobierno, ya que la reforma si lo permite.

“Por ejemplo, la publicación no puede estar diciendo el presidente municipal de la ciudad X, sino que se trata que la propaganda municipal que difunde ese servidor público es del ayuntamiento, no de él, y no puede utilizar esa figura de presidente para difundir mensajes”.

La otra parte del Plan son cuatro leyes que se publicaron el dos de marzo que son la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Lipes), la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y la Ley General de Medios de Impugnación.

“Hay 387 artículos modificados en esas cuatro leyes, la más grande tiene que ver con la Lipes, donde se modificaron nada más 254 artículos y en la de partidos políticos modifican 51”.

Es precisamente ahí donde entran las complicaciones, pues depende mucho de quién impugne, qué impugne de las leyes y ante qué autoridad presente el recurso, para saber cómo determinará la autoridad en cada caso.

Por ejemplo, el INE puede presentar recursos de controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los partidos políticos deben presentar acciones de inconstitucionalidad, pero los trabajadores deben presentar recursos ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

“Ahora en este caso, yo tengo conocimiento que varios institutos estatales electorales, el mismo INE y autoridades del INE, en lo individual han impugnado esta reforma ante la Sala Superior, pero también ante la Suprema Corte. Que es lo que pasa, que ahí son 30 días para interponer los medios de defensa que se tengan por controversia constitucional o acción de inconstitucionalidad. Entonces los plazos apenas van corriendo, cierra el mes que entra”.

Por ejemplo, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, modifica la estructura del INE desapareciendo las juntas distritales electorales, pero tiene plazos que se deben ir cumpliendo.

El día cuatro de marzo se presentaron 241 juicios electorales de los trabajadores que se verán, pero Sala Superior del Tribunal Electoral resolvió que son improcedentes porque aún no aplica la norma, es decir, aun no los despiden, entonces deben esperar a tener una afectación directa para presentar el juicio y que si proceda.

En este caso, dijo, de los trabajadores afectados tienen un plazo de 15 días hábiles para presentar el juicio electoral después que verse afectados, y seguramente ahí interpondrán de nuevo los juicios electorales.

¿Cuáles son los plazos?

El Maestro Ruiz Arvizu detalló que el artículo séptimo transitorio, indica que el INE tiene hasta abril para hacer un análisis de las porciones normativas internas que serán necesarias adecuar y para esto ya integró una comisión especial conformada por los siete consejeros que no termina su plazo en abril.

El décimo transitorio dice que a más tardar en abril se identificará las medidas que sean necesarias para las adecuaciones administrativas y el costo que implica la reestructura orgánica.

El transitorio 12 dice que para mayo ya sustituirán las juntas distritales por los vocales operativos y tienen que definir los criterios para designar estos cargos, a partir del primero de junio deberá concluir con la evaluación y para el 15 de agosto deberá terminar todos los cambios en la estructura orgánica.

“Entonces a dónde vamos, es que, hasta el día primero de agosto, va a hacer cambios de asignaciones presupuestales derivados de la nueva reestructuración que hagan conforme al estudio que hicieron en abril y mayo, para definir cómo va a quedar el presupuesto que se queda”.

90 días previos al inicio del proceso electoral

El presidente del IEE explicó que solamente hay una limitante en estos plazos, y es el artículo 105 Constitucional que marca que cualquier modificación en materia electoral debe estar publicada 90 días antes de que inicie el proceso electoral.

Aquí las leyes anteriores marcaban como el inicio del proceso la primera semana de septiembre, entonces cualquier modificación tiene que estar publicada para la primera semana de junio. Pero en las reformas del Plan B, marca el inicio en la tercera semana de noviembre, entonces las modificaciones se pueden hacer hasta finales de agosto.

Actualmente, como ya se interpusieron controversias constitucionales contra esta Ley, falta ver que resuelve la suprema corte y cuándo lo resuelve: “Esos 90 días son forzosos, entonces si no hubiera modificaciones antes de esos 90 días no pueden aplicar, cual es la situación ahorita, pues que está impugnada la norma que lo cambió; entonces cuando empieza el proceso, ahorita es la tercera semana de noviembre, pero si se llegará a revertir, cambia el plazo otra vez”.

Por esto, dijo, la Suprema Corte tendrá que resolver a la brevedad para dar los plazos suficientes para que los congresos locales, puedan hacer la reforma electoral local, que no se ha hecho hasta, y cumplir los plazos vigentes.

El impacto del Plan B para Sonora

Ruiz Arvizu precisó que al inicio el Plan B se centra, en su mayor parte, en modificar la estructura del INE, sus atribuciones y ciertos aspectos del proceso electoral; de todo solo toca al Instituto Estatal en tres aspectos claros:

1.- La Lipes señala que la estructura de los institutos estatales la va a definir el propio INE y limita a dos áreas; actualmente hay seis direcciones generales, cuatro unidades técnicas y dos coordinaciones, aplicando esta norma se busca reducirlos. Pero, dijo, está norma podría ser improcedente, porque la Sala Superior del Tribunal Electoral ya determinó un caso donde dice que esta atribución es de los congresos estatales no del INE.

2.- La reforma señala que será el INE quien determine los salarios de los servidores públicos de los institutos estatales, algo que dijo siguiendo la lógica anterior, también debe ser atribución de los congresos locales, porque ahí es donde se aprueban los presupuestos.

3.- Puntos muy particulares que tienen que ver con la organización y coordinación para el proceso electoral porque son concurrentes, entonces si se modifica la estructura del INE impactará en lo local, pero ahí es donde se requiere la certeza jurídica.

Un ejemplo claro es en los procesos de conformación de las mesas directivas de casilla, antes se tenía que insacular al 13% de la población, donde hay 95 millones de ciudadanos y salían sorteados cerca de 12 millones a nivel nacional.

Desde diciembre visitaban personalmente a cada uno para invitarlo a ser funcionario de casilla, de estas finalmente alrededor de seis millones aceptaban y se les capacita en mayo, y al final había una efectividad del 96% el día de la elección.

Con la reforma solo se insaculará al 10%, y el proceso de convocarlos deben hacerse en 29 días, además, antes se hacía desde las 300 juntas distritales, pero ahora desaparecerán estas juntas y no habrá quien haga este trabajo, entonces ahí hay afectación al IEE, porque son procesos concurrentes.

“Un ejemplo sencillo es Guaymas que tiene el distrito más grande del país, que abarca 38 municipios, entonces van hasta Bavispe y Yécora, entonces había que ir a notificar a uno por uno de esos ciudadanos y ahora sin personal cómo lo van a hacer”.

El IEE impugnará

Arvizu Ruiz aclaró que desde septiembre del año pasado entregaron el presupuesto para el ejecutivo fiscal 2023, donde se tenía la claridad de cómo sería el proceso electoral, conforme a las leyes anteriores, se tenía planeación, calendario electoral, convocatorias, licitaciones y demás actividades efectivas, sin embargo, tuvieron que detener estas actividades hasta tener certeza jurídica.

Sin embargo, precisó que en estos monumentos siguen trabajando en la planeación del proceso electoral, con varios planes de acción dependiendo de la realidad a la que se enfrenten.

“Continuamos trabajando con esa planeación, pero de una forma tal que nos permite tener el plan 1, plan 2, y plan 3. Entonces continuamos con eso, más las actividades ordinarias del instituto… si estamos ocupados, pero también estamos a la expectativa de que es lo que va a pasar con esta reforma, necesitamos la certeza judicial, y esa nos la va a dar cuando se resuelvan los medios de impugnación”.

En este momento, de manera inmediata dijo que no hay una afectación clara y directa para el IEE de Sonora, sin embargo, se está a la expectativa de que en cuanto se vea alguna afectación se analizará si interponen un medio de impugnación en lo particular.

“Tenemos la claridad y la certeza de que tenemos que ser respetuosos de las decisiones que toman quienes designan esas leyes, de quienes las crean y aprueban, sin embargo, no implica que debemos acatarlas al 100%, por eso estamos haciendo ese estudio en los puntos donde sí nos afecten y todavía estamos a tiempo de presentar una probable controversia constitucional”.

Señaló que el Consejo General lo integran las siete consejeras y consejeros, la secretaría ejecutiva y los representantes de los partidos políticos, entonces una decisión de este tipo se tomará de forma colegiada.

Sin embargo, dijo que deberán analizar primero que la afectación sea directa para el Instituto y segundo que no haya resultado ya la Suprema Corte o Sala Superior, un caso similar, entonces sería un ejercicio inútil.

“Pueden resolverlo en cualquier momento, tanto Suprema Corte como Sala Superior, tienen la posibilidad de declarar la invalidez o invalidar una norma jurídica y nosotros estamos atentos a eso, pero insisto el entramado jurídico de esto es complejo y a nosotros nos afecta en esas tres partes esenciales”.