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Piden intervenga CNDH por falta de servicios en Altares Segunda Etapa

Por Redacción/

Cansados de exigir a las autoridades municipales y estatales, residentes del fraccionamiento Altares Segunda Etapa, levantan la voz y llevan su denuncia ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, para que atiendan sus peticiones de contar con los servicios básicos.

Ubicado al sur de la ciudad, casi a las faldas del último cerro que se puede avistar hacia la carretera a Guaymas, ahí se encuentra este conjunto de viviendas. Entre calles que parecieran improvisadas y polvorientas al rodar de los autos que, bajan velocidad evitando múltiples baches.

Los terrenos donde se asienta el fraccionamiento están rodeados de otras colonias, en las cuales se puede apreciar existen todos los servicios. Sin embargo a las calles de la Segunda etapa no entran los postes de la Comisión Federal de Electricidad.

La determinación del señor Nicolás Tapia de acudir ante una instancia de Derechos Humanos para que intervenga en sus peticiones se debe a que ya han visto pasar a siete administraciones municipales y ninguno ha logrado resolver. Desde Gastón González Guerra, Jorge Valencia, Francisco Búrquez, María Dolores del Río, Ernesto Gándara, Javier Gándara y hasta el actual alcalde Alejandro López Caballero.

6 Denuncia

En la denuncia el señor Nicolás Tapia sostiene que a siete alcaldes han llevado su petición y nadie ha brindado solución. (Click en la imagen para ampliar).

En la misiva dirigida a Dr. Raúl Plasencia Villanueva, solicita la intervención del organismo “en virtud de que se nos niegan los servicios básicos: agua, luz y energía eléctrica”. En ese mismo sentido enlista a los acaldes a quienes han hecho la misma petición y añade:

“Los funcionarios están violando los artículos 137 de la Constitución Política del Estado de Sonora y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Aquí el calor llega a los 50 grados, no tenemos para conectar un abanico, mucho menos un aire acondicionado o un refrigerador, por lo cual se pide por su conducto se turnen a la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.

Y como bien lo establece el referido artículo de orden estatal, los Municipios, dentro de sus respectivas jurisdicciones, tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: Agua Potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales. También Alumbrado Público; Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; Mercados y centrales de abasto; Panteones; Rastros; Calles, Parques y Jardines y su equipamiento; Seguridad Pública.

El denunciante, añade un expediente completo en el cual aclara la situación en la que se encuentra su comunidad, así como el estatus que de entrada algunos funcionarios quieren hacerlo ver como invasión.

Ante esto último, Tapia anexa una copia de una boleta de pago de su impuesto predial. Ahí se establece una Clave Catastral, los datos del valor de su terreno y que no cuenta con adeudos.

Según registros oficiales presentados por el denunciante, en el Boletín de la Federación 10-272-96, con fecha del 25 de febrero de 1997, el fraccionamiento Altares Segunda Etapa está ubicado entre la calle López Riesgo y Paraíso, frente a la Invasión Altares.