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Sonora primera entidad en castigar el “canasteo”

En uno de cada tres abusos sexuales en contra de mujeres que acuden a centros de diversión a nivel mundial, los agresores le echaron “algo” a la bebida de la víctima; en Sonora este delito se castigará con pena de 4 a 10 años de cárcel

Por Redacción

Castigo de hasta 10 años de cárcel, pueden alcanzar aquellas personas que alteren bebidas con la intención de cometer una agresión, abuso o violación contra una víctima.

Es la nueva disposición legal que recién se aprobó de manera unánime en el Congreso del Estado, una iniciativa llevada ante el Pleno, por la diputada Natalia Rivera.

La diputada Natalia Rivera, promovió una reforma al Código Penal del Estado de Sonora.
La diputada Natalia Rivera, promovió una reforma al Código Penal del Estado de Sonora.

En entrevista para Noticias De Primera Mano con Ruiz Quirrín, la legisladora de Movimiento Ciudadano, indicó que la sumisión química o “canasteo” —como se le denomina comúnmente a esta práctica—, era una conducta delictiva que no estaba debidamente establecida en el Código Penal de Sonora.

“Es un hecho que está sucediendo con mucha frecuencia —la sumisión química—, porque ni siquiera tenía un nombre, mucho menos era catalogado como un delito”, precisó.

Escalofriante realidad en antros de Sonora

Detalló que en redes sociales, víctimas de “canasteo” han narrado públicamente sus horribles experiencias ocurridas en antros. Una escalofriante realidad que ocurre en Sonora.  

“Les echan droga a las bebidas de nuestras hijas, en los antros, centros nocturnos, con el propósito de someterlas y poder abusar de ellas y poder violentarlas, de ellas y de ellos, porque también les pasa a los jóvenes y hay muchos casos en redes sociales sobre este tema, pero también muchas madres, muchos padres que cuentan las historias de sus hijas, de sus parientes, de sus vecinas, de sus primas, ahora maestro, esto tiene un nombre, ya no es ‘canaseto’, se llama sumisión química”.

La legisladora explicó que este nombre se debe a que la víctima, una vez que consume el narcótico, puede ser sometida físicamente por el agresor, así como se hace con un arma o con la fuerza.

Hay más de 70 sustancias

Este tipo de actos, detallan, está relacionado con uno de cada tres abusos sexuales en contra de mujeres que acuden a centros de diversión a nivel mundial.

Rivera Grijalva indicó que hay registro de casi 70 sustancias, pueden ser de tipo embriagantes, narcóticos, fármacos, o cualquier otra sustancia natural o química que sea colocada en la bebida de la víctima para manipular, anular o disminuir su voluntad, generarle una disminución de su grado de vigilancia, vulnerar su capacidad de juicio o provocar su completa inconsciencia. Por este delito, el agresor puede alcanzar una penalidad de 4 a 10 años de prisión.

Primer estado en tipificar el delito

Con esta iniciativa aprobada, se añadirá el artículo 275 y 275 bis en el capítulo de delitos contra la salud, del Código Penal del Estado de Sonora.

“Quiero decirle maestro que es el primer estado del país en configurar este tipo de delitos, los jóvenes le dicen ‘canasteo’ pero ahora se llama sumisión química”, apuntó.

Recordó que en Puebla hace unos meses se votó, pero sólo como agravante del delito de abuso sexual. En nuestra entidad la sentencia es de 4 a 10 años de cárcel, y si quien lo hizo trabajaba en el establecimiento, la sentencia se va al doble.

“Hay muchas víctimas que ven esto con esperanzas, pero lo que más queremos es que no haya víctimas en el futuro, entonces alguien que nos vea piensa que esto no es delito y que no será castigado y ve esto con ligereza y lo ha normalizado, le decimos que esto es un delito y que si adultera las bebidas para someter a las personas químicamente, deberá de ir a la cárcel”.