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SCJN ordena al IMSS garantizar el suministro de medicinas a paciente con VIH/SIDA

La Primera Sala del máximo Tribunal del país, en sesión remota vía videoconferencia, concedió un amparo solicitado por una persona VIH+ y ordenó al IMSS “garantizar y proveer vitaliciamente al quejoso, sin interrupciones, los fármacos para su tratamiento

 

Por Redacción

Quejas, protestas e incluso amparos ante la suprema corte, son algunas de las acciones generadas por el paulatino desabasto de medicamentos que se ha vivido en los centros médicos en gran parte del territorio nacional. Como el ejemplo de la siguiente persona que padece de VIH/SIDA y que ahora le toco a él tramitar un amparo para que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) le garantizara el abasto de antirretrovirales.

 

La Primera Sala del máximo Tribunal del país, en sesión remota vía videoconferencia, concedió un amparo solicitado por una persona VIH+ y ordenó al IMSS “garantizar y proveer vitaliciamente al quejoso, sin interrupciones, los fármacos para su tratamiento”.

 

Bajo el argumento que el desabasto de medicamentos de las instituciones públicas de salud en México transgrede el derecho a la salud de las personas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de este paciente.

 

Dentro de lo establecido por las autoridades, el IMSS deberá entregarle los medicamentos adecuados, ya sean originales o genéricos.

 

Y es que la Corte concluyó que “la omisión de instituciones públicas de salud, de suministrar tratamiento antirretroviral sin interrupciones a pacientes con Virus de Inmunodeficiencia Humana – Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA), transgrede su derecho humano a la salud, en relación con la vida e integridad personal”.

 

“Esta Primera Sala comparte el criterio de la Segunda Sala de este Tribunal al reconocer la obligación del Estado de evitar estas enfermedades en la medida de lo posible, así como de combatirlas”, precisa el proyecto aprobado.

 

El caso involucra a una persona con VIH/SIDA que promovió el juicio de amparo indirecto en contra del Hospital General Regional Número 1, en Querétaro, que forma parte del IMSS, ante la falta de suministro ininterrumpido de sus medicamentos antirretrovirales para el tratamiento de su enfermedad.

 

La Corte resolvió que el Hospital General fue omiso en el cumplimiento de diversas garantías propias del estándar de protección del derecho humano a la salud, tales como disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad.

 

La decisión del máximo Tribunal del país abre una puerta a todas las personas que han sufrido en los últimos años por el desabasto de medicamentos, incluidos mujeres y niños con cáncer, que se han inconformado ante las autoridades federales desde hace ya varios meses, en busca de ser atendidos como corresponde.

 

Con información de Tribuna