DE PRIMERA MANO

De Primera Mano

Por Francisco Javier Ruiz Quirrín

Jueves 03 de Octubre del 2013

 

El extraño caso de Villalobos Organista

 

NUNCA IMAGINARON los diputados de todos los partidos políticos en el Congreso del Estado, la respuesta que daría el secretario de Hacienda del Gobierno de Sonora, cuando respondió a una solicitud del legislador perredista Carlos Navarro López, para que ofreciera una disculpa pública por las declaraciones publicadas en días pasados al desconsiderar la participación del Congreso en la revisión de la cuenta pública estatal del 2012.

“Se ofrece una disculpa a quien se ofende y yo no ofendí a los diputados. Si molestó que hablara con la verdad, es otra cosa. Me baso en el artículo 64 de la Ley”, señaló Carlos Villalobos Organista.

De entrada habría que preguntarnos sobre la ley a la que hizo referencia el señor Villalobos. Por nuestro lado, sabedores que la ley suprema en México es la Constitución Política de México, mientras que en el Estado es la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora, nos dimos a la tarea de acudir a la normatividad establecida en esta carta magna para los sonorenses.

Nos encontramos con las facultades del Congreso del Estado, establecidas en el artículo 64 de esta Constitución Local. En la fracción número XXII de dicho artículo, en su primer párrafo, se puede leer como una de sus facultades, la siguiente:

“… Para discutir, modificar, aprobar o reprobar el Presupuesto de Ingresos, así como el Presupuesto de Egresos del Estado, en vista de los datos que le presente el Ejecutivo…”

Con plena seguridad, el señor secretario de hacienda del Gobierno de Sonora basó sus dichos en la anterior disposición legal, ya que expresamente se señala que el Congreso conocerá de los presupuestos de ingresos y egresos del gobierno estatal, para aprobarlos o reprobarlos, pero en ninguna parte dice que calificará el ejercicio de la cuenta pública.

Sin embargo, la realidad es que según esta Carta Magna para el pueblo y gobierno de Sonora, los diputados sí tienen facultades para conocer y calificar la cuenta pública estatal, como reza el primer párrafo del artículo 42 de la esa misma Constitución Política del Estado:

“Sin perjuicio de su función legislativa ordinaria, en su primer periodo de sesiones ordinarias el Congreso se ocupará de modo preferente de discutir y aprobar las leyes y presupuestos de ingresos y egresos para el año siguiente. En las mismas condiciones, el segundo periodo se destinará, preferentemente, a examinar las cuentas públicas del año anterior y a calificarlas dentro de los cinco meses siguientes a partir de la fecha límite de su presentación ante el Congreso”.

Luego entonces, los señores diputados tienen, no sólo la facultad, sino la obligación de calificar las cuentas públicas del año anterior.

Esta disposición es del conocimiento de todos los diputados de todas las fracciones parlamentarias, incluida por supuesto, la del Partido Acción Nacional.

Por ello, cuando el señor Villalobos Organista reiteró ayer en su comparecencia ante las comisiones unidas de Hacienda del Congreso del Estado y frente a los diputados, sus dichos anteriores desdeñando la participación de los legisladores en la calificación de la cuenta pública del gobierno estatal, hasta los panistas se quedaron evidentemente sorprendidos.

Estaban ante una acción inédita. Nunca antes registrada en la historia de Sonora.

 

SERÁ EL lunes 14 de Octubre a las 7:30 de la madrugada, cuando el Gobernador Padrés Elías rinda a los sonorenses su cuarto informe de labores… Un día antes, el día 13 (tal y como lo establece la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora), deberá entregar al Congreso del Estado, un informe del estado que guarda su administración… Pero muy temprano el lunes la red estatal de comunicación por la radio y la televisión estará más que lista para difundir el mensaje del titular del Ejecutivo.

 

Correo electrónico: [email protected]

Twitter: @rquirrin

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