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Limita Corte demandas contra sindicatos

Las empresas tendrán a partir de ahora serios obstáculos para lograr la reducción de las prestaciones laborales acordadas con sus sindicatos.

La Suprema Corte de Justicia estableció hoy, por primera vez, que la reducción de prestaciones solo debe otorgarse cuando se pruebe de manera fehaciente que será decisiva para rescatar a una empresa en problemas.

Por ocho votos contra uno, el Pleno de la Corte amparó a la Asociación Sindical de Sobrecargos de Aviación (ASSA) contra una laudo dictado en 2009 por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en el que se concedió la solicitud de Mexicana de Aviación para reducir prestaciones del contrato colectivo.

Para los sobrecargos, se trata de una victoria pírrica.

Mexicana dejó de operar en agosto de 2010, fue declarada en quiebra el año pasado, y actualmente está en un proceso de liquidación que tomará años, para recabar fondos que servirán para pagar un porcentaje mínimo a sus acreedores, que incluyen a más de 7 mil ex trabajadores.

Pero para futuros casos de este tipo, conocidos como conflictos económicos, el criterio de la Corte, que tardó cinco años en resolver este amparo, resultará decisivo.

«No basta que la empresa se encuentre en una situación económica apremiante para que automáticamente se proceda a la reducción de prestaciones, se tiene que justificar por qué esa reducción es un elemento relevante para garantizar la subsistencia de la empresa», dice la sentencia del ministro Alberto Pérez Dayán.

«Se abandona un antiguo criterio en el que la Corte, sólo podía analizar las cuestiones jurídicas planteadas en este tipo de procedimiento, y no las económicas», explicó Juan Silva Meza.

«La afectación de los derechos de los trabajadores únicamente se justifica si verdaderamente con ello se consigue o, al menos, se establece una condición determinante, para la solución del problema de la empresa o la conservación de la fuente de trabajo», agregó.

Margarita Luna Ramos destacó que los salarios de sobrecargos, pilotos y personal de tierra solo eran el 6 por ciento de los costos de Mexicana, por lo que no se justificó la reducción de prestaciones.

Sin embargo, al final del debate los ministros tuvieron que confrontar la realidad de que, a estas alturas, Mexicana ya está en quiebra, aunque la sentencia que la puso en dicho estatus aún no es definitiva.

Por tanto, se acordó que el conflicto económico volverá a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para que dicte un nuevo laudo siguiendo los lineamientos de la Corte, pero el litigio quedará sin materia si, mientras tanto, la sentencia de quiebra es confirmada en definitiva.

REFORMA