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“Ley Bonilla”: cinismo, ignorancia y un distractor nacional

Jaime Bonilla, gobernador electo de Baja California, fue votado el 2 de junio para un periodo de dos años.

El abogado Marco Andrade, experto en materia electoral, abunda sobre la reciente reforma aprobada en Baja California, para extender el mandato de dos a cinco años al gobernador electo; ¿Qué leyes violaron? ¿Qué puede pasar con los diputados?

Por Gabriel Rigo Gutiérrez

A oscuras, sin voltear a la constitución e ignorando el voto popular, los 25 diputados del Congreso de Baja California aprobaron el pasado 9 de julio un polémica reforma para que Jaime Bonilla Valdez, gobernador electo, se mantenga en el cargo cinco y no dos años como lo indicaban las leyes locales. Con esta sola acción, los legisladores bajacalifornianos incurren en tres graves violaciones constitucionales.

De acuerdo al Lic. Marco Antonio Andrade Aguirre, especialista en Derecho Parlamentario y Derecho Político Electoral, lo ocurrido en el vecino estado, deja un vergonzoso capítulo para la Historia Negra de México.

Abogado Marco Andrade, considera que hay violaciones de fondo y puede ser impugnable por acción de inconstitucionalidad ante la SCJN.

En entrevista para “Primera Plana”, el abogado que antes se desempeñó como Jurídico en el Congreso de Sonora, dice sin cortapisas que la llamada “Ley Bonilla” contraviene de manera natural los principios básicos del régimen de gobierno del federalismo, al que todos los Congresos estatales están obligados observar al momento de introducir reformas constitucionales de carácter local.

“Visualizo tres violaciones de fondo. La primera: se violan los principios del federalismo electoral; la segunda: que se contraviene el sistema de representación y certeza jurídica; tercero: se introdujeron modificaciones de fondo a la Constitución, cuando hay una prohibición categóricamente expresa en el 105 de la constitución. Ante ese escenario pienso que no puede haber tanto desconocimiento de la normatividad electoral, tanta insolencia de parte del Congreso como para aceptar que se trata de una ingenuidad o ignorancia jurídica, me parece que en el fondo subyace una intencionalidad perversa o en su caso puede ser un distractor nacional para ocultar las múltiples problemáticas que están en la agenda pública del país”, indica Andrade Aguirre.

Prisa y cinismo para violentar la Constitución

El experto en materia electoral puntualiza que la reforma aprobada por los diputados pisotea de entrada tres artículos de la Constitución Mexicana. “Esta reforma viola los principios a que se refiere el artículo 40, 41, y 116 constitucionales, los cuales establecen que los estados, si bien es cierto tienen soberanía plena para definir su sistema de organización interno, dicha soberanía no es absoluta, porque debe estar sujeta a las normas federales que prevé la Constitución como expresamente lo señalan esos numerales”.

Pero todavía más, según explica, al promover esta reforma tan apresuradamente (apenas habían pasado las elecciones), cayeron en otra falta. “Hay una violación adicional al 105 en términos de que, durante los 90 días previos al desarrollo de un proceso y durante la tramitación del proceso electoral no puede haber reformas de naturaleza fundamental distintas a las que están vigentes para el desarrollo de ese proceso”.

Teniendo todo este coctel de irregularidades, aun así los diputados bajacalifornianos ratificaron su reforma.

Para el abogado Marco Andrade, estas violaciones a la Constitución, son impugnables y pueden proceder, tal como ya lo ha planteado el alcalde de Mexicali, Gustavo Sánchez, quien ha manifestado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, su interés por presentar una Controversia de Inconstitucionalidad.

“Pueden ser impugnables en el término de 30 días a partir de su publicación, o en su caso, si hay un agravio, violación, que afecte la esfera jurídica personal de un ciudadano u organización, ahí no cabe la acción de inconstitucionalidad sino el amparo directo que pudieran promover en el término de 15 días. Sin embargo me parece que lo fundamental la reforma puede ser impugnable por acción de inconstitucionalidad”, consideró.

Los diputados bajacalifornianos reformaron la Constitución de su entidad, aun cuando ni concluía el proceso electoral.

Diputados de Ley Bonilla se van, pero deben asumir responsabilidad

El pasado 31 de julio en el Congreso de Baja California entraron los nuevos diputados, y los legisladores que aprobaron la “Ley Bonilla” dejaron su curul junto con la estela de violaciones constitucionales.

Ante esto, se le cuestionó al abogado Marco Andrade qué puede proceder. La respuesta fue contundente:

“Los diputados no dimensionaron tampoco las consecuencias jurídicas ni políticas de dicha reforma que desde mi punto de vista originan una responsabilidad política para los integrantes del Congreso y que pueden ser sujetos a un juicio de responsabilidad política con el propósito de ser inhabilitados de 1 a 20 años por motivo de haber cometido violaciones graves a la Constitución.

“Es decir, la reforma tal como acuerdo legislativo puede ser impugnada, pero adicionalmente hay una responsabilidad política personalísima de quienes hayan aprobado esta modificación constitucional, que da origen a un juicio de responsabilidad política. Ya no pueden ser destituidos pero al menos pueden ser inhabilitados”, apuntó.

Y es que apunta que se trata de un acto de irresponsabilidad.

“Incluso sin ánimo de prejuzgar ni adjetivar, pero me parece que la Reforma como tal es un acto de cinismo político, puesto que es inadmisible que no tengan el conocimiento de que la finalidad de esta reforma viene a romper con los principios constitucionales que tienen que ver con la duración en el cargo de los gobernadores estatales”.

Recuerda que había un antecedente inmediatos en el sentido de que el propio Poder Judicial Electoral, a través de la Sala del Tribunal Electoral, ya había determinado que era improcedente convocar a una elección para elegir un gobernador por seis años, puesto que existían disposiciones derivadas de la reforma del 2014 en la que se ordena en un artículo transitorio, que en todos los estados están obligados a introducir reformas constitucionales y de carácter legal, para empatar, para homologar las elecciones federales a las locales, como ocurrió en el caso de Veracruz.

En el estado jarocho, explica, se tuvo una gubernatura de dos años, e inmediatamente se convocó a una elección donde el gobernador actual ya está en funciones por seis años.

Luego entonces, en el caso de Baja California, la convocatoria para la elección fue congruente con lo que había resuelto el Tribunal Electoral, previamente. Al haber convocado a una elección mixta en donde se elegiría gobernador por dos años para empatar la elección estatal con el proceso federal. Lo que salió de control vino después.

Finalmente, el experto apunta que lo que sigue será una gran prueba para la autonomía del Poder Judicial en México. Se trata de una papa caliente, una papa que, más que caliente parece podrida.