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Acto humano de donación; principios de bioética

Los principios bioéticos para el trasplante de órganos son los siguientes: autonomía de la persona en la toma de decisiones; no maleficencia: no hacer daño; justicia: distribución equitativa, y beneficencia: procurando hace el bien

Por Dr. Jorge Ballesteros

La donación de órganos es el acto por el cual una persona transmite algo de manera libre y gratuita a favor de otra, debemos apreciar a la donación de órganos como el acto altruista y solidario por excelencia, que va más allá de la transmisión de algún objeto, que implica sin lugar a dudas un obsequio de vida.

El progreso y la difusión en la medicina y la cirugía de los trasplantes favorecen en la actualidad el tratamiento y la curación de muchas enfermedades que hasta hace poco tiempo solo podían esperar la muerte o, en el mejor de los casos, una existencia dolorosa y limitada.

La donación y el trasplante de órganos solo en cuanto asumen un “servicio a la vida”  tienen valor moral y legitiman la práctica médica; pero respetando ciertas condiciones, relativas esencialmente al donador y a los órganos donados e implantados.

Existen dos hipótesis para la donación de órganos:

  1. A) Donación Inter vivos. Esta figura tiene lugar cuando una persona cede en vida un órgano a otra, siempre y cuando no implique un riesgo grave para la salud del donador

En esta hipótesis sólo son susceptibles de donarse órganos pares (no únicos, como lo son el hígado y el corazón).

  1. B) Post Mortem o Mortis Causa. Este tipo de disposición se verifica cuando el órgano a trasplantar proviene de un cadáver. Tiene dos vertientes:
  2. Disposición Originaria. A través de este tipo de donación, el disponente originario (de quien provendrá el órgano a trasplantar) dona de manera expresa sus órganos para surtir efectos después de su muerte.

Este es un caso muy altruista, pero de poca efectividad, si consideramos los siguientes factores: Muy pocas personas se toman la molestia de realizar el trámite correspondiente.

Para ser donador cadavérico es indispensable gozar de un perfecto estado de salud al momento de la muerte, lo cual evidentemente sólo es posible si el deceso se debe a un accidente y no a una enfermedad. Sólo una de cada cien personas que fallecen puede ser considerada como donador.

Fallas en la detección y tratamiento oportuno de los posibles donadores, si la muerte ocurre en lugares donde la disposición de órganos sea difícil o imposible. La falta de capacitación, lentitud, apatía, ignorancia o recursos de las instituciones que pueden disponer de los órganos también obstaculizan su obtención idónea.

  1. Disposición Secundaria. Es la que se lleva a cabo cuando alguno de los familiares que la ley señala autoriza la disposición de los órganos del cadáver de quien en vida no manifestó su voluntad en este sentido. Esta hipótesis presenta las siguientes dificultades:

Que los familiares del occiso, por cuestiones culturales, morales, sentimentales y religiosas se opongan a ella. La apatía del médico tratante para plantear a los familiares esta posibilidad, toda vez que tiene que atender esta situación con celeridad y enfrentándose al duelo de los deudos, que en muchas ocasiones dificulta o impide su anuencia.

8 DonaciónEl factor tiempo juega un papel muy importante, ya que se cuenta sólo con unas cuantas horas para poder disponer de los órganos y el tiempo de convencimiento frecuentemente excede el plazo perentorio para la realización de la extracción.

Los principios bioéticos para el trasplante de órganos son los siguientes: autonomía de la persona en la toma de decisiones; no maleficencia: no hacer daño; justicia: distribución equitativa, y beneficencia: procurando hace el bien.

Autonomía. Significa el respeto absoluto a la voluntad del individuo como persona: el respeto al ser humano en sí mismo y a las decisiones que haya tomado. En los trasplantes se documenta la voluntad, tanto en el momento de donar órganos como a1 someterse a un trasplante. Particular importancia tiene la manifestación de voluntad cuando una persona fallecida tiene que donar sus órganos, ya que una gran mayoría no; se ha manifestado en vida respecto a la donación de órganos, por lo tanto para constatar su voluntad en caso de fallecimiento se recurre a las personas más allegadas.

No maleficencia. Es uno de los principios éticos más históricos y preceptivo en todas las actuaciones médicas. La aplicación a la persona fallecida se reconoce en que en su diagnóstico de muerte es independiente de si va a ser donante; es un acto médico, el certificar que una persona ha fallecido.

Justicia. Al margen de que el proceso conlleva un cumplimiento legal, interesa destacar la forma de actuación ética, en cuanto a la distribución de los órganos o a quién se va a trasplantar, para lo cual se necesita que la adjudicación sea con arreglo a criterios médicos de máxima efectividad del trasplante y siguiendo protocolos que sean siempre verificables y que demuestren el por qué se ha trasplantado a un paciente y no a otro.

Beneficencia. Principio último y finalidad a conseguir con el proceso. El hacer el bien a otras personas, que puede variar desde el seguir viviendo ante la necesidad de un órgano vital, corazón, hígado o pulmones, hasta cambiarle su vida con un trasplante renal.

El beneficiario, o en este caso la persona que se va a trasplantar, debe ser informada de los beneficios que puede obtener con el trasplante y de los inconvenientes que pudieran surgir, todo ello documentado con lo que se conoce como Consentimiento informado, documento que se firmará tras una explicación completa, detallada y comprensible del proceso a que va a ser sometido, con la particularidad de que podrá renunciar a lo firmado en cualquier momento, cerrando así el proceso y respetando los criterios bioéticos que nos han ocupado en el proceso, respetando el de autonomía de las personas en la toma de decisiones ante los procedimientos que se van a llevar a cabo, y aplicable a todo proceso médico.

*Asociación Sonorense de Filosofía ASFIL